Preexistencias en seguros de salud: qué son y cómo te afectan
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- ¿Qué son las preexistencias?
- ¿Los seguros cubren las preexistencias?
- Enfermedades preexistentes más comunes
- El cuestionario de salud y la DPS
- ¿Qué significa "apto con preexistencia"?
- Preexistencias vs carencias
- ¿Existen seguros sin preexistencias?
- ¿Qué seguros cubren enfermedades preexistentes?
- Recomendaciones si tienes preexistencias
- Casos especiales
- Preguntas frecuentes
Cuando contratas un seguro de salud, uno de los conceptos más importantes que debes conocer es el de preexistencias. Este término aparece en todas las pólizas médicas y puede determinar si tu seguro cubrirá o no determinados tratamientos, e incluso si la aseguradora acepta asegurarte.
Muchas personas buscan un seguro médico sin preexistencias o que cubra sus enfermedades previas, pero la realidad es que este aspecto requiere una comprensión profunda para evitar sorpresas desagradables cuando más necesites tu seguro.
En esta guía completa te explicamos qué son exactamente las preexistencias, cómo afectan a tu seguro de salud, qué enfermedades se consideran preexistentes y qué opciones tienes si padeces alguna condición médica previa.
¿Qué son las preexistencias en un seguro de salud?
Las preexistencias en el seguro de salud son todas las enfermedades, patologías, lesiones o condiciones médicas que una persona tiene antes de contratar la póliza del seguro médico. También se denominan enfermedades previas, condiciones médicas preexistentes o patologías previas.
Esto incluye cualquier condición de salud que:
- Haya sido diagnosticada antes de la fecha de contratación del seguro
- Presente síntomas antes de firmar la póliza, aunque no esté oficialmente diagnosticada
- Esté en tratamiento médico en el momento de contratar el seguro
- Forme parte del historial clínico, aunque esté controlada o estabilizada
Ejemplo práctico: Si una persona tiene diabetes diagnosticada desde hace 5 años y decide contratar un seguro médico privado, esa diabetes se considera una preexistencia, independientemente de si está bien controlada con medicación.
Las aseguradoras consideran las preexistencias como un riesgo mayor, ya que implica una mayor probabilidad de que el asegurado necesite atención médica relacionada con esa condición desde el primer día del seguro.
¿Los seguros de salud cubren las preexistencias?
La respuesta directa es: generalmente, no. La mayoría de seguros médicos privados no cubren las enfermedades preexistentes, al menos no sin condiciones especiales.
Cuando contratas un seguro de salud con una preexistencia, la aseguradora puede tomar una de estas cuatro decisiones:
1. Aceptar el seguro pero excluir la preexistencia
Es la opción más común, y es lo que se conoce como resolución "apto con preexistencia" (ver sección específica más adelante). La compañía te asegura para todas las demás eventualidades médicas, pero excluye específicamente cualquier tratamiento, consulta, prueba o hospitalización relacionada con tu enfermedad preexistente.
Ejemplo: Si tienes antecedentes de problemas cardíacos, el seguro puede cubrir traumatología, digestivo, dermatología y todas las demás especialidades, pero excluir cardiología y cualquier tratamiento relacionado con tu corazón.
2. Aplicar un periodo de carencia prolongado
Algunas aseguradoras aceptan cubrir la preexistencia, pero establecen un periodo de carencia muy largo (de 12 a 24 meses, o incluso más) durante el cual no puedes utilizar coberturas relacionadas con esa enfermedad. Transcurrido ese tiempo, y dependiendo de la evolución de la enfermedad, podrían comenzar a cubrirla.
3. Cobrar una sobreprima
En ciertos casos de preexistencias leves o bien controladas, la aseguradora puede aceptarte cobrando una prima más elevada que compense el riesgo adicional. Esta opción es menos frecuente y suele reservarse para condiciones que no implican un riesgo económico muy alto.
4. Rechazar la contratación
En casos de enfermedades graves o de alto coste, la aseguradora puede directamente rechazar asegurarte. Esto sucede especialmente con cáncer activo, insuficiencia renal grave o patologías que requieren tratamientos muy costosos y continuados.
Enfermedades preexistentes: listado de las más comunes
Aunque cada aseguradora tiene sus propios criterios, estas son las enfermedades que más frecuentemente se consideran preexistentes en los seguros de salud en España:
Enfermedades metabólicas y endocrinas
- Diabetes tipo 1 y tipo 2
- Hipotiroidismo e hipertiroidismo
- Obesidad con complicaciones asociadas
Enfermedades cardiovasculares
- Hipertensión arterial
- Antecedentes de infarto de miocardio
- Insuficiencia cardíaca
- Arritmias cardíacas
- Cardiopatías congénitas y problemas valvulares
- Angina de pecho
Enfermedades respiratorias
- Asma
- EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica)
- Apnea del sueño
- Fibrosis pulmonar
Enfermedades autoinmunes y crónicas
- Artritis reumatoide
- Lupus
- Esclerosis múltiple
- Enfermedad de Crohn
- Colitis ulcerosa
- Psoriasis con tratamiento sistémico
Cáncer y enfermedades oncológicas
- Cualquier tipo de cáncer diagnosticado o en tratamiento
- Tumores benignos o malignos
- Leucemia y linfomas
- Cáncer en remisión (debe declararse; la valoración depende del tiempo transcurrido)
Enfermedades neurológicas y de salud mental
- Epilepsia
- Parkinson
- Alzheimer
- Esclerosis lateral amiotrófica (ELA)
- Depresión grave con tratamiento farmacológico
- Trastorno bipolar
- Esquizofrenia
- Autismo
Otras condiciones médicas
- VIH/SIDA
- Hepatitis C crónica
- Insuficiencia renal crónica
- Cirrosis hepática
- Insuficiencia hepática
- Paraplejia o cuadriplejia
- Hernias discales diagnosticadas
- Secuelas de intervenciones quirúrgicas (prótesis articulares, bypass gástrico, cirugías de columna)
- Embarazo en curso al contratar el seguro
Es importante destacar que no todas las enfermedades del listado son tratadas igual por las aseguradoras. Una hipertensión bien controlada puede tener mejor consideración que un cáncer activo, y una condición estabilizada desde hace años puede valorarse de forma diferente a una reciente.
El cuestionario de salud y la Declaración Personal de Salud (DPS)
Antes de contratar cualquier seguro de salud, la aseguradora te pedirá que rellenes un cuestionario de salud, también llamado Declaración Personal de Salud (DPS). Este formulario pregunta por tu historial médico, enfermedades actuales y pasadas, tratamientos en curso, operaciones previas y antecedentes familiares relevantes.
La DPS es el documento que delimita jurídicamente qué se considera preexistencia en tu póliza. Todo lo que declares en él podrá ser excluido; lo que no declares y la aseguradora descubra posteriormente puede dar lugar a la denegación de cobertura o la anulación del contrato.
¿Es obligatorio declarar las preexistencias?
Sí, absolutamente. Declarar tus preexistencias es una obligación legal según la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que establece el deber del tomador de declarar con veracidad todas las circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo.
¿Qué pasa si no declaro una preexistencia?
Ocultar información médica puede tener consecuencias muy graves:
- Denegación de coberturas: la aseguradora puede negarse a cubrir tratamientos relacionados con la enfermedad no declarada.
- Anulación de la póliza: si se demuestra mala fe, la compañía puede anular el contrato completo y recuperar las indemnizaciones ya pagadas.
- Pérdida de las primas abonadas: todas las cuotas pagadas habrán sido en vano si el seguro se anula por ocultación.
- Rechazo en futuras aseguradoras: una anulación por fraude puede quedar registrada y dificultar la contratación con otras compañías.
Caso real: Una persona con antecedentes de problemas de espalda omite esta información al contratar su seguro. Meses después necesita una operación de hernia discal. La aseguradora investiga su historial clínico, descubre la ocultación y se niega a cubrir la cirugía. El paciente paga de su bolsillo los costes de la intervención y pierde su seguro.
Consejos para rellenar el cuestionario de salud
- Sé completamente honesto, incluso con condiciones que consideres leves o antiguas.
- Consulta tu historial médico antes de rellenar el formulario.
- Si tienes dudas sobre si algo es relevante, decláralo igualmente.
- No subestimes enfermedades controladas o en remisión.
- Guarda una copia firmada de la DPS: es tu documento de referencia en caso de disputa.
- Ante cualquier duda, consulta con la aseguradora antes de firmar.
¿Qué significa "apto con preexistencia"?
"Apto con preexistencia" es la resolución más habitual cuando una aseguradora evalúa una solicitud con enfermedades previas declaradas. Significa que la compañía acepta asegurarte, pero incluye en las condiciones particulares de tu póliza una cláusula de exclusión específica para la enfermedad o condición declarada.
En la práctica:
- Quedas cubierto para cualquier nueva dolencia no relacionada con la preexistencia.
- Los gastos vinculados a la patología preexistente (consultas, pruebas, tratamientos, hospitalizaciones) corren íntegramente a tu cargo.
- La exclusión suele ser permanente, salvo que la póliza contemple expresamente una revisión tras un periodo sin tratamiento activo.
Ejemplo: Si declaras diabetes tipo 2 y la aseguradora te acepta como "apto con preexistencia", el seguro no cubrirá visitas al endocrinólogo, medicación para la diabetes ni complicaciones derivadas de ella (neuropatía, retinopatía diabética). Sí cubrirá, por ejemplo, una apendicitis, una fractura de muñeca o una consulta de dermatología.
Es fundamental revisar las condiciones particulares de tu póliza para conocer exactamente qué exclusiones se han aplicado a tu caso concreto.
Preexistencias vs carencias: ¿cuál es la diferencia?
Es muy común confundir estos dos conceptos, pero son completamente diferentes:
Preexistencias
- Qué son: enfermedades o condiciones que ya tenías antes de contratar el seguro.
- A quién afectan: solo al asegurado que las tiene; son exclusiones personalizadas.
- Duración: generalmente permanente; la exclusión no desaparece con el tiempo salvo cláusula específica.
- Cómo se gestionan: se declaran en la DPS y la aseguradora decide si excluirlas, aceptarlas con sobreprima o rechazar la solicitud.
Carencias
- Qué son: periodos de espera desde la contratación hasta que ciertas coberturas se activan.
- A quién afectan: a todos los asegurados por igual, independientemente de su estado de salud.
- Duración: temporal; entre 3 y 12 meses según la cobertura, tras lo cual se puede usar libremente.
- Objetivo: evitar contrataciones oportunistas (contratar el seguro sabiendo que se necesitará un servicio concreto de inmediato).
Ejemplo de la diferencia: Un seguro tiene 8 meses de carencia para hospitalización. Ningún asegurado puede ser hospitalizado durante los primeros 8 meses, tenga o no enfermedades previas. Si además tienes diabetes (preexistencia), es posible que nunca puedas usar el seguro para tratamientos relacionados con ella, incluso años después de cumplir las carencias.
¿Tienes una preexistencia y quieres saber qué seguros te aceptan?
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Comparar seguros médicos gratis →¿Existen seguros médicos sin preexistencias?
La pregunta más precisa sería: ¿existen seguros que no excluyan las preexistencias? La respuesta es: casi ninguno en el sentido tradicional, pero sí hay alternativas para personas con enfermedades previas.
Seguros sin cuestionario de salud
Algunas aseguradoras ofrecen productos que no requieren Declaración Personal de Salud (DPS), lo que significa que aceptan asegurados sin conocer su historial médico previo. Estos seguros suelen tener características específicas:
- Dirigidos principalmente a personas mayores de 60 años (como Sanitas Único).
- Primas más elevadas que los seguros con cuestionario.
- Coberturas limitadas o periodos de carencia más largos para ciertas prestaciones.
Seguros colectivos de empresa
Los seguros médicos de empresa o colectivos son generalmente la opción más favorable para personas con preexistencias:
- Muchos no exigen cuestionario de salud individual.
- Aceptan a todos los empleados sin exclusiones personalizadas.
- Pueden tener carencias generales, pero no exclusiones específicas por preexistencia.
Si tienes acceso a un seguro colectivo a través de tu empresa o colegio profesional, suele ser la mejor opción disponible si tienes preexistencias relevantes.
Seguros con cobertura parcial de preexistencias
Algunas compañías ofrecen opciones intermedias:
- Cubren consultas y revisiones de la preexistencia, pero no tratamientos costosos.
- Ofrecen cobertura de la preexistencia tras un periodo de observación de 2 a 5 años sin recaídas ni tratamiento activo.
- Incluyen la preexistencia con límites económicos anuales.
Seguros de reembolso
Los seguros de reembolso pueden ser más flexibles en ciertos casos, ya que permiten elegir cualquier médico o centro, reembolsan un porcentaje de los gastos (80-100%) y algunas modalidades incluyen preexistencias tras valoración médica individualizada. Suelen tener primas más altas que los seguros de cuadro médico.
¿Qué seguros cubren enfermedades preexistentes en España?
La cobertura de preexistencias varía significativamente entre aseguradoras. Estas son las principales opciones disponibles en el mercado español en 2026:
Por aseguradora
- Sanitas Único: no requiere cuestionario de salud para mayores de 60 años. Cubre condiciones como procesos oncológicos, enfermedades respiratorias o cardíacas.
- Sanitas Accede: hasta 59 años, con cuestionario de salud simplificado y cobertura completa.
- Adeslas: evalúa cada caso de forma individualizada. Dispone de opciones senior con requisitos médicos reducidos. Acepta determinadas preexistencias leves con exclusión o sobreprima.
- DKV: algunas modalidades con valoración médica individual. Contempla revisión de exclusiones tras periodo sin tratamiento activo.
- Asisa: valoración caso por caso; puede aceptar preexistencias controladas y bien documentadas.
Seguros internacionales
Compañías como Cigna Healthcare o Allianz Care, orientadas a expatriados, suelen tener criterios más flexibles con las preexistencias. Las primas son más elevadas y la contratación requiere documentación médica detallada.
Seguros de enfermedades graves
Existen seguros específicos que pagan una cantidad económica si se diagnostica una de las enfermedades cubiertas (cáncer, infarto, ictus, insuficiencia renal, trasplantes) después de contratar. No cubren enfermedades ya diagnosticadas en el momento de la contratación.
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Si padeces alguna enfermedad previa y necesitas contratar un seguro de salud, sigue estos consejos:
1. Sé completamente transparente en la DPS
Declara todas tus enfermedades en el cuestionario médico. Es mejor que te rechacen o te apliquen condiciones desde el principio que descubrirlo cuando necesites usar el seguro.
2. Compara varias aseguradoras
Cada compañía valora las preexistencias de forma diferente. Lo que una rechaza, otra puede aceptar con condiciones. Utiliza comparadores para ver múltiples opciones en paralelo.
3. Consulta exactamente qué quedará excluido
Antes de firmar, verifica qué coberturas específicas quedarán fuera de tu póliza. Pídelo por escrito.
4. Considera los seguros sin cuestionario si tu edad lo permite
Si tienes más de 60 años, los seguros sin declaración de salud son una alternativa real con cobertura completa.
5. Aprovecha los seguros colectivos
Si tu empresa, colegio profesional o asociación ofrece seguro médico colectivo, es la opción más permisiva del mercado en cuanto a preexistencias.
6. Guarda las condiciones particulares
Cuando te acepten, revisa tu póliza personalizada, donde aparecerán las exclusiones específicas aplicadas a tu caso. Conserva este documento junto a la DPS firmada.
7. Mantén tu cobertura pública como respaldo
Si tienes preexistencias importantes que no cubre tu seguro privado, mantén tu cobertura de la Seguridad Social para esos tratamientos concretos.
8. Considera seguros complementarios especializados
Para algunas enfermedades concretas, los seguros complementarios de dental u oftalmológica pueden no excluir tu condición.
Casos especiales de preexistencias
Embarazo como preexistencia
Si estás embarazada al contratar el seguro, ese embarazo se considera una preexistencia. La aseguradora no cubrirá ese embarazo ni el parto. Sí cubrirá embarazos futuros una vez cumplido el periodo de carencia de maternidad (habitualmente entre 8 y 10 meses). Algunas aseguradoras no aceptan mujeres embarazadas como nuevas aseguradas.
Enfermedades asintomáticas desconocidas
Si tienes una enfermedad pero no lo sabes porque no hay diagnóstico ni síntomas, no se considera preexistencia. Una vez diagnosticada (y cumplidas las carencias correspondientes), estará cubierta por tu póliza. La aseguradora puede investigar tu historial si hay indicios de que conocías la condición antes de contratar.
Enfermedades curadas o en remisión
Si tuviste una enfermedad grave pero ya estás curado —por ejemplo, cáncer en remisión desde hace varios años— debes declararla igualmente. La aseguradora valorará el tiempo transcurrido desde el diagnóstico y el tratamiento. Puede aceptarte sin exclusiones si ha pasado suficiente tiempo, o aplicar exclusiones únicamente para recaídas de esa enfermedad concreta.
Preexistencias de hijos incluidos en seguro familiar
Si incluyes a tus hijos en tu póliza familiar, deberás declarar sus preexistencias, que pueden ser excluidas individualmente de su cobertura, con independencia de lo que cubra el seguro para los adultos.
Cambio de aseguradora con preexistencias
No hay portabilidad de condiciones entre aseguradoras. Al cambiar de compañía, la nueva aseguradora realizará su propio proceso de valoración. No está obligada a aceptar las mismas condiciones que tu aseguradora anterior.
Preguntas frecuentes sobre preexistencias
¿Qué significa "apto con preexistencia" en el seguro médico?
Significa que la aseguradora acepta tu solicitud pero excluye de la cobertura la enfermedad o condición declarada. Puedes usar el seguro para cualquier otra dolencia, pero los gastos relacionados con la preexistencia son a tu cargo. Es la resolución más habitual cuando se declara una enfermedad crónica en el cuestionario de salud.
¿Qué aseguradora acepta enfermedades preexistentes en España?
Sanitas, Adeslas, DKV y Asisa evalúan las preexistencias caso por caso y pueden aceptarlas con exclusión de cobertura, sobreprima o carencia prolongada. Sanitas Único (para mayores de 60 años) es la opción con menor restricción, ya que no requiere cuestionario de salud. Los seguros colectivos de empresa son la alternativa más permisiva del mercado.
¿Algún seguro cubre las enfermedades preexistentes?
Los seguros sin cuestionario médico (como Sanitas Único para mayores de 60) y los seguros colectivos de empresa son los que menos restricciones aplican. Algunas aseguradoras también contemplan la cobertura de preexistencias tras un periodo de 2 a 5 años sin tratamiento activo ni recaídas, si la póliza incluye esta cláusula.
¿Los seguros médicos cubren preexistencias tras un periodo de carencia?
Dependiendo de la aseguradora y la póliza, algunas empresas revisan las exclusiones por preexistencias si el asegurado lleva un tiempo determinado sin tratamiento activo ni recaídas. Esta posibilidad no es general y debe consultarse expresamente antes de contratar.
¿Las preexistencias afectan al precio del seguro?
Pueden hacerlo. Algunas aseguradoras cobran una sobreprima por aceptar ciertas preexistencias, mientras que otras las excluyen directamente sin aumentar el precio. En ocasiones, el rechazo de la solicitud no implica mayor coste, sino simplemente la imposibilidad de contratar ese producto.
¿Puedo contratar un seguro solo para cubrir mi preexistencia?
No. Los seguros de salud no permiten asegurar únicamente una enfermedad específica. Debes contratar una póliza completa, dentro de la cual la preexistencia puede estar excluida, aceptada con condiciones o incluida con sobreprima.
¿Qué pasa si me diagnostican algo después de contratar el seguro?
Si la enfermedad se diagnostica después de contratar (y tras cumplir las carencias correspondientes), no es una preexistencia y está totalmente cubierta por tu póliza.
¿Puedo cambiar de aseguradora si tengo preexistencias?
Sí, pero la nueva aseguradora realizará su propia valoración. No existe portabilidad de condiciones: no está obligada a aceptarte con las mismas condiciones que tu compañía anterior.
Conclusión
Las preexistencias en el seguro de salud son uno de los aspectos más delicados al contratar una póliza médica. Aunque la mayoría de seguros privados no cubren enfermedades previas de forma directa, existen alternativas reales para personas con condiciones médicas preexistentes.
Lo más importante es:
- Ser honesto en la Declaración Personal de Salud (DPS).
- Entender qué resolución aplica la aseguradora: exclusión, sobreprima o rechazo.
- Saber qué significa "apto con preexistencia" y qué quedaría fuera de tu cobertura.
- Comparar diferentes aseguradoras, ya que las condiciones para la misma enfermedad varían significativamente.
- Explorar alternativas como seguros sin cuestionario médico o colectivos de empresa si las opciones tradicionales te resultan muy restrictivas.
Tener una preexistencia no significa que no puedas tener un buen seguro de salud: solo requiere encontrar la opción más adecuada para tu situación específica. Antes de contratar, compara las opciones disponibles en nuestro comparador y consulta las coberturas detalladas de cada aseguradora.
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