Garantía de enfermedades graves en los seguros de vida

¿Cuáles son los enfermedades graves que cubre un seguro de vida?

Cuando una persona suele contratar un seguro de vida por lo general lo hace pensando en el futuro de su familia o seres queridos. Sin embargo, el futuro no es en lo único que puede ayudar un seguro de este tipo, sino también en el presente. Si estás pensando en contratar un seguro de vida, te aconsejamos leer este artículo.

¿Cómo protegerse ante posibles enfermedades graves? ¿Existe un seguro de vida que cubra este tipo de enfermedades? Hoy te contamos todos los detalles para contar con la protección necesaria de un seguro para enfermedades graves que ofrece seguridad para ti y los tuyos.

¿Qué cubre la garantía de enfermedades graves en los seguros de vida?

Existen situaciones de salud desafiantes que pueden tener un gran impacto en la vida de una familia. Hacer frente a estos desafíos puede requerir mucho esfuerzo, tanto personal como financiero, lo que a menudo resulta ser una tarea difícil, protegerse a uno mismo mientras se intenta proteger a una familia puede ser demasiado para uno mismo. Por eso, los seguros de vida desarrollaron esta cobertura de enferemedades graves.

Un seguro de vida es una suma asegurada en caso de fallecimiento por cualquier causa. En cierto modo, se contrata siempre pensando en lo peor. Pero también en asegurar una buena vida a los nuestros. Sin embargo, un seguro de vida también puede ser útil en situaciones presentes que, si bien son graves, se pueden afrontar contando con apoyo, ya sea familiar, médico y económico.

En el caso de que se produzca el diagnóstico de una enfermedad grave o se presente sin avisar (como en un infarto de miocardio) lo principal es tratarlo cuanto antes, centrarse en ese tratamiento y en la posterior recuperación. Aunque suponga dejar un trabajo o dejar de generar ingresos. La intención de un seguro de enfermedades graves es garantizar una cantidad de capital para así dar un respaldo económico en caso de que se presente alguna enfermedad crítica, como el cáncer.

Si el seguro de vida que has contratado o que vas a contratar tiene cubiertas las enfermedades graves, lo que ofrece es un adelanto de capital para que puedas enfrentarte a la enfermedad de la mejor forma posible. Te da parte del dinero del seguro de vida para que puedas cubrir gastos médicos, logísticos, ayudar a tu familia ahora que no estás en las mejores condiciones, poder sobrellevarlo con los mayores recursos.

Existe algún seguro de vida, aunque no es lo habitual, que ofrece la cobertura de enfermedades graves como capital adicional, no solo un adelanto. Por lo que, en caso de diagnóstico de una de estas enfermedades, el asegurado cobraría el capital general de la póliza y el capital adicional por esta cobertura.

Algunas compañías incluso ofrecen seguros específicos para enfermedades como el cáncer de mama o el cáncer de próstata, como es el caso del producto de Asisa Vida Tranquilidad.

¿Qué se considera enfermedad grave en un seguro de vida?

Se considera como enfermedad grave aquella que provoca en la persona afectada unos síntomas que suponen un riesgo cierto para su salud, por lo que requiere de una atención médica específica y urgente, para su contención e intento de recuperación.

Una enfermedad grave es aquella que, debido a su alcance y síntomas, supone un riesgo serio para la salud de la persona que la padece. En este sentido, se considerarán como enfermedades graves el infarto de miocardio, la insuficiencia renal o cualquier tipo de cáncer, entre otras.

¿Qué enfermedades cubre un seguro de vida?

Los seguros de vida más completos incluyen un gran abanico de posibles enfermedades graves para cubrir a la persona asegurada en la póliza. En la lista de este tipo de enfermedades podemos encontrar:

  • Accidente Cerebrovascular
  • Alzheimer
  • Cáncer
  • Infarto de miocardio
  • Insuficiencia renal
  • Parkinson
  • Trombosis

El asegurado contrata un capital en el que se incluya esta cobertura en caso de padecer cualquiera de las enfermedades graves citadas y podrá hacer frente a los gastos, inactividad y adaptación a la nueva vida que pueda padecer debido a ella.

¿Qué exclusiones tiene esta cobertura?

Como ocurre con otro tipo de seguros, la cobertura de enfermedades graves no está libre de exclusiones. Aunque cada póliza incluye exclusiones particulares, algunas de las condiciones más generales son:

  • Accidentes y enfermedades anteriores a la contratación del seguro, ni las manifestadas transcurridos 365 días desde la fecha del siniestro (o lo que es lo mismo, no se cubren cubre las enfermedades preexistentes y el seguro tiene un año de carencia).
  • Accidentes de circulación ocasionados con motocicletas de cilindrada superior a 125 cc.
  • Epidemias oficialmente declaradas (los fallecimientos por coronavirus no estarían cubiertos por esta cobertura en el caso de que el condicionado recogiera esta exclusión)
  • Todos los tumores que histológicamente sean clasificados como benignos, premalignos, malignos, dudosos, de baja malignidad potencial, o no invasivos.
  • Policitemia rubra vera.
  • Trastornos isquémicos del sistema vestibular.
  • Trombocitemia primaria.
  • Accidentes o enfermedades provocados por el asegurado, suicidio, intento de suicidio, o lesiones autoinflingidas.
  • Accidentes por la participación activa en delitos, así como imprudencias o negligencias graves.
  • Enajenación mental, uso de estupefacientes no prescritos médicamente, toxicomanía, o embriaguez.
  • VIH o SIDA
  • Leucemia linfocítica crónica menor que la etapa RAI 3.
  • Gestación, aborto y sus consecuencias.
  • Enfermedades mentales, nerviosas, alcoholismo o toxicomanía, curas de sueño o reposo.
  • Operaciones de cirugía estética, accidente cubierto.
  • Enfermedades que sean consecuencia directa del alcohol o drogas.
  • La práctica profesional de cualquier deporte, así como los deportes considerados como de alto riesgo, aunque se practiquen como aficionados.
  • Enfermedades en conexión con infecciones del SIDA.
  • Aquellas enfermedades cuyo primer diagnóstico se haya producido con anterioridad a la fecha de efecto de la póliza, o haya sido iniciado su estudio, aunque no exista diagnóstico, con anterioridad a la fecha de contratación.

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¿Se puede contratar un seguro de vida con una enfermedad preexistente?

La respuesta sencilla sería no, ya que la aseguradora tiene que estar enterada de la enfermedad. Uno de los requisitos para contratar una póliza de vida es rellenar un cuestionario médico. Con éste, la compañía aseguradora se hace una idea de la salud del cliente para calcular si es probable que vaya a necesitar el dinero pronto. Si tienes una enfermedad grave, la empresa sabe que tendrá que indemnizarte, por lo que no hará la póliza, por ponerlo más claro, ninguna aseguradora hace seguro de vida a alguien con cancer.

Por el contrario, es diferente si tuviste una dolencia seria y ya la has superado. Ahí, será la compañía de seguros quien estudiará el caso y decidirá si seguir adelante con el contrato o no. El cuestionario médico (y la opinión médica) le dará más información al respecto.

Recuerda que no debes mentir en el cuestionario de salud. La Ley 50/1980 establece que tienes que avisar de cualquier riesgo en tu vida. Por tanto, si estás enfermo, sigues un tratamiento o tienes una profesión peligrosa, debes informarlo. Si falleces por alguna de estas causas y mentiste a la aseguradora, no tendrás derecho a la indemnización.

Por otro lado, los seguros de vida suelen incorporar una cobertura opcional, que es la de adelanto de capital por enfemedad grave, que otorga un adelanto del capital que se haya asegurado en la póliza, en caso de infarto de miocardio, cáncer, enfermedades cardiovascuales, trombosis o insuficiencia renal.

¿Cómo cobrar un seguro de vida por enfermedad?

El proceso para cobrar un seguro de vida por enfermedad varía según las condiciones y términos establecidos en la póliza de seguro. Aunque cada compañía de seguros puede tener sus propias reglas y procedimientos específicos, a continuación describimos el proceso general:

1. Diagnóstico de una enfermedad grave:
El asegurado debe ser diagnosticado con una enfermedad grave cubierta por la póliza. La póliza debe detallar claramente las enfermedades cubiertas y los criterios específicos que deben cumplirse para ser elegible para el pago.
2. Notificación a la compañía de seguros:
Una vez que el asegurado recibe el diagnóstico de una enfermedad grave, debe notificar a la compañía de seguros lo antes posible. Esto se realiza generalmente a través de un formulario de reclamación proporcionado por la compañía.
3. Presentación de documentos:
La compañía de seguros solicitará documentación adicional para verificar el diagnóstico y la elegibilidad para el pago del seguro. Esto puede incluir informes médicos, resultados de pruebas, historial clínico, entre otros documentos relevantes. Es importante proporcionar toda la información solicitada de manera precisa y completa.
4. Evaluación y procesamiento de la reclamación:
La compañía de seguros revisará la reclamación y la documentación presentada. Pueden realizar su propia evaluación médica o consultar a expertos independientes para verificar el diagnóstico y determinar si se cumplen los requisitos de la póliza.
5. Aprobación y pago:
Si la compañía de seguros determina que se cumplen los criterios de elegibilidad, aprobará la reclamación y procederá a realizar el pago correspondiente al beneficiario designado en la póliza. El pago puede realizarse en forma de una suma global o en pagos periódicos, dependiendo de los términos del contrato.

Más información sobre los requisitos para cobrar un seguro de vida

¿Quién es el beneficiario de un seguro de vida con enfermedad grave?

En España, el beneficiario de un seguro de vida con enfermedad grave es la persona designada por el titular del seguro como receptor de la suma asegurada en caso de que el asegurado sea diagnosticado con una enfermedad grave cubierta por la póliza. El beneficiario puede ser cualquier persona física o jurídica elegida por el asegurado, como un familiar, cónyuge, hijo, amigo, etc.

Es importante destacar que la designación del beneficiario se realiza por parte del titular del seguro al momento de contratar la póliza y puede ser modificada posteriormente si así se desea. Si no se ha designado un beneficiario específico, el pago de la suma asegurada puede ser dirigido a los herederos legales del asegurado según las leyes de sucesión aplicables.

¿Qué aseguradoras cubren las enfermedades graves?

Como ya hemos contado, el ofrecer este tipo de garantías es un plus en un seguro de vida. Por eso, en la mayoría de casos, se trata de una cobertura complementaria, que se contrata opcionalmente. En cualquier caso, no todas las compañías que la incluyen ofrecen lo mismo.

En España, existen varias aseguradoras que ofrecen seguros de vida con cobertura para enfermedades graves. Algunas de las aseguradoras más reconocidas y destacadas en este ámbito son:

  1. Mapfre
  2. Zurich
  3. AXA
  4. Allianz
  5. Sanitas
  6. Caser
  7. Liberty
  8. DKV
  9. Adeslas
  10. Santa Lucía
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Estas son solo algunas de las aseguradoras más conocidas, pero hay otras compañías que también ofrecen seguros de vida con cobertura de enfermedades graves. Cada aseguradora puede tener condiciones y términos específicos en sus pólizas, por lo que es recomendable utilizar nuestro comparador en línea y comparar las diferentes opciones y leer detenidamente los detalles de cada oferta antes de tomar una decisión.

Es importante tener en cuenta que la disponibilidad y las condiciones de cobertura pueden cambiar cada año, por lo que es aconsejable ponerte en contacto con nuestro equipo de expertos, ya que te ofreceremos información actualizada y específica sobre los seguros, coberturas, ofertas y garantías. Solo queremos cuidarte.

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