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Si eres propietario de un local comercial u oficina, contratar un seguro de impago de alquiler te garantiza tranquilidad y protección frente a rentas no cobradas, actos vandálicos o problemas legales con tus inquilinos. Con este seguro, aseguras tu inversión y tu fuente de ingresos, sin depender del comportamiento del arrendatario.
Un seguro de impago del alquiler de tu local comercial protegerá tu negocio y tu arrendamiento, protegerá tanto tu propiedad como tu fuente de ingresos.
Si quieres alquilar tu local comercial, contratando uno de estos seguros tendrás la confianza de que cobrarás todas las mensualidades, incluso si el arrendatario deja alguna renta impagada.
Sí, los locales comerciales (o sus propietarios) también pueden contratar el seguro de impago del alquiler, aunque parezca algo lógico, es una duda que nuestros agentes reciben continuamente.
Y aunque haya alguna pequeña variación, el funcionamiento del seguro, sus prestaciones, coberturas o precios son muy parecidos.
¿Qué es el seguro de impago de alquiler para locales comerciales?
El seguro de impago para locales comerciales y oficinas es un contrato entre propietario y aseguradora, donde la compañía garantiza el cobro de rentas en caso de impago, a cambio de una prima mensual.
Además del impago, muchas pólizas incluyen:
- Defensa jurídica ante desahucios.
- Asesoría legal y fiscal.
- Cobertura de daños al local o mobiliario.
- Reclamaciones a terceros y otros seguros.
Este seguro protege tanto tu continente (local) como tu contenido (equipamiento, mobiliario, maquinaria), ofreciendo seguridad completa durante el contrato de alquiler.
El seguro de alquiler para locales comerciales tiene la misión de proteger los intereses del propietario en un alquiler, para empezar le garantiza el cobro de las rentas en caso de impago, pero ofrece una protección más global de lo que todo el mundo piensa.
También le cubre la asistencia jurídica, la gestión del desahucio o los posibles desperfectos en el local, es un seguro que, además, está cada vez más demandado y por el que las aseguradoras están apostando fuerte, incluyendo nuevas coberturas, ampliando las garantías y mejorando sus servicios de atención.
Por ejemplo, alguna aseguradora ya cubre la defensa fiscal frente a la Administración Tributaria para temas relacionados con Impuestos o con la Renta, la limpieza del local o el almacenamiento provisional del mobiliario.
¿Qué cubre?
El seguro de impago de alquiler tiene más coberturas además de la del impago de las rentas, dependerán de cada aseguradora, pero en general vas a encontrar las siguientes prestaciones en tu póliza:
- Estudio de viabilidad
- La aseguradora se encarga de realizar un estudio de los candidatos a alquilar el local para elegir el más idóneo por sus circunstancias financieras.
- Asesoramiento legal
- En todo momento contarás con un equipo de abogados especializados para el alquiler, gestión del local, desahucio…
- Defensa jurídica y penal
- El seguro se encarga de proveerte de un equipo legal para protegerte por si el proceso de desahucio llegara a vía penal.
- Actos vandálicos
- Muchos seguros te indemnizan en caso de que el alquilado cause destrozos al continente o al contenido de ese local comercial.
- Reclamaciones a terceros
- Con este seguro, también dispondrás de un servicio para reclamar a terceros por daños y perjuicios.
- Cambio de cerradura
- La aseguradora corre con los gastos del cambio de la cerradura y de la mano de obra, en caso de que haya que cambiarla por desahucio.
- Impago de suministros
- El seguro de alquiler también le cubre las facturas que haya dejado impagadas el inquilino del local.
- Reclamación a otros seguros
- Este seguro te ayuda a reclamar a otras compañías aseguradoras por incumplimiento de contrato.
- Defensa como propietario
- La aseguradora le brindará protección como el propietario del local frente al arrendatario, obligará al cumplimiento de las cláusulas del contrato de alquiler.
- Impago de rentas
- La principal cobertura del seguro, tú serás quien elija cuantas mensualidades quieres cubrir en caso de que el arrendatario no pague su cuota, normalmente se puede elegir entre 6, 9 o 12.
¿Quién paga el seguro de un local alquilado?
Este no es un apartado en el que ninguna Ley haya dictado sentencia, ni siquiera la Ley de Arrendamientos Urbanos se ha pronunciado sobre ello. Aunque hay un principio que está claro, el beneficiario de este seguro va a ser el propietario del local, por lo que debería ser él quien lo contratara.
Pero como hemos dicho no existe un imperativo legal que le obligue a ello, así que todo queda a expensas de que arrendatario y arrendador lleguen a un acuerdo sobre quien lo paga, puede ser repercutido en el contrato para qué lo pague el alquilado o puede pagarlo el propietario.
- El beneficiario es siempre el propietario.
- Lo recomendable es que el propietario lo contrate para garantizar el cobro y no depender de que el inquilino cumpla.
- Se puede pactar en el contrato que el inquilino asuma el coste, pero lo más seguro es que lo pague el propietario.
Desde aquí recomendamos que lo pague el arrendador, ya que el importe es bastante bajo y se ahorra tener que estar a expensas de lo que haga la otra parte, ya que igual que deja de pagar la renta del local, puede dejar de pagar el seguro y que as las coberturas se queden invalidadas.
Cuánto cuesta un Seguro de Impago de Alquiler de Locales
La oferta es menor que en los seguros de alquiler para viviendas, no todas las principales aseguradoras del mercado cubren los locales comerciales o naves industriales.
Aquí te dejamos una pequeña comparativa de precios para estos seguros de alquiler para locales comerciales:
Renta mensual | Cobertura | Precio aproximado | Compañías recomendadas |
---|---|---|---|
600€ | 6 meses | 300€ – 375€ | DAS, Gallen, ARAG |
1.000€ | 12 meses | 650€ – 960€ | DAS Premium, Gallen |
1.200€ | 18 meses | 1.000€ – 1.250€ | Mapfre, Arag |
Comparador seguro impago alquiler local comercial
En nuestro comparador de seguros de alquiler podrás encontrar un precio personalizado para tu caso, introduciendo simplemente la renta mensual del alquiler y el código postal del local. Solo con esos datos obtendrás una comparativa de los precios y coberturas de las aseguradoras líderes en seguros de impago de alquiler para locales comerciales: Caser, Arag, DAS, Gallen y Mapfre.
Además contarás con el apoyo de nuestros asesores para apoyarte en todo momento, si quieres saber qué pasa si el inquilino no paga, los procesos, cuántas mensualidades cubre cada uno, las coberturas, los límites, requisitos… para toda esta clase de dudas que surgen a la hora de contratar el seguro de alquiler tendrás un asistente único y adaptado a tu caso.
Obtendrás comparativa de precios y coberturas de aseguradoras líderes como Caser, ARAG, DAS, Gallen y Mapfre.
Ventajas de nuestro seguro de impago de alquiler
- Protección completa frente a impagos y daños.
- Asesoramiento legal y fiscal especializado.
- Comparativa de precios y coberturas personalizada.
- Garantía de tranquilidad desde el primer día.
- Coberturas flexibles: 6, 12 o 18 meses de renta.
Preguntas frecuentes sobre el seguro de impago de alquiler
¿Qué pasa si el inquilino deja de pagar?
La aseguradora cubrirá las mensualidades contratadas y se encargará del proceso de reclamación y desahucio, asegurando que el propietario reciba las rentas pendientes.
¿Se cubren actos vandálicos del inquilino?
Sí, muchas pólizas incluyen indemnización por daños al continente y al contenido causados por actos vandálicos realizados por el inquilino.
¿Es obligatorio contratar un seguro de impago?
No, no existe obligación legal, pero es muy recomendable para proteger la inversión y garantizar el cobro de las rentas del local o la oficina.
¿Quién puede contratar el seguro?
El seguro siempre lo contrata el propietario del local, aunque puede pactarse con el inquilino que asuma el pago. Lo más seguro es que lo contrate el propietario.
¿Qué documentación se necesita para contratarlo?
Normalmente se solicita un estudio de viabilidad del inquilino y una copia del contrato de alquiler vigente para garantizar la cobertura adecuada.
¿Cuánto tiempo cubre el seguro de impago?
Dependiendo de la póliza, puedes cubrir de 6 a 18 meses de rentas impagadas, eligiendo la opción que mejor se adapte a tus necesidades.
¿Qué otras coberturas adicionales suelen incluir?
Además del impago de rentas, muchas pólizas cubren gastos legales, defensa fiscal, reclamaciones a terceros, cambio de cerraduras tras desahucio y asistencia jurídica completa.