El Impuesto de Sucesiones en el seguro de vida

El Impuesto de Sucesiones en el seguro de vida

Asegurar cierta estabilidad económica a los seres amados después de una muerte, suele ser la razón principal por la que se adquiere un seguro de vida. No obstante, que los beneficiarios de dicho seguro reciban esta compensación conlleva el pago de impuestos. Específicamente, el beneficiario de un seguro de vida deberá liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

¿Qué relación hay entre los seguros de vida y el impuesto de sucesiones? ¿Cuánto debo pagar si recibo la indemnización de la póliza como beneficiario? Te contamos todos los detalles aquí.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones?

El Impuesto de Sucesiones o ISD (Impuesto de Sucesiones y Donaciones) es una tasa que grava la transmisión de bienes y/o derechos entre personas físicas. Cuando hablamos de donaciones, el impuesto afecta a los incrementos patrimoniales recibidos de forma gratuita.

Y lo mismo ocurre con las sucesiones. Pero además de esto, si recibimos una indemnización del seguro de vida también deberemos pagar impuestos. Eso sí, solo debe hacerse si el tomador es una persona distinta al beneficiario. Por ejemplo, si el seguro de vida cubría la incapacidad y se da el supuesto, no se deberían pagar impuestos.

Rasgos de impuesto de sucesiones en los seguros de vida

En resumen, estos son los rasgos del impuesto de donaciones en los seguros de vida:

  • Es un tributo obligatorio en todo el territorio nacional.
  • Los beneficiarios del seguro de vida, siempre que no sean los tomadores de la póliza, están obligados a pagarlo.
  • El impuesto de sucesiones en los seguros de vida se paga en la Administración Pública, rellenando el formulario correspondiente.
  • Hablamos de un impuesto subjetivo. O sea, que es distinto según la situación de los involucrados. O sea, de las circunstancias personales de quien lo recibe, del grado de parentesco, etcétera.
  • Cuanto mayor es el capital asegurado en un seguro de vida, mayor es el importe que hay que pagar como impuesto de sucesiones.

¿Quién paga el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?

Dicho lo anterior, se puede decir que, en definitiva, hay tres supuestos en los que las personas deben presentar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones:

  1. Cuando se reciben bienes y derechos por legado, herencia o cualquier otro título sucesorio. Es decir, si se obtienen adquisiciones mortis causa.
  2. En caso de recibir bienes a través de una donación en vida o lo que es lo mismo, adquisiciones inter vivos.
  3. Cuando se es el beneficiario de un seguro de vida y no se es el tomador del mismo.

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¿Cómo tributan los seguros de vida en sucesiones?

Aunque el Impuesto de Sucesiones del seguro de vida está legislado por una ley nacional, la recaudación está en manos de las comunidades autónomas. Por tanto, existen 17 impuestos diferentes en función del lugar donde más tiempo haya residido el fallecido durante los cinco años previos a su muerte.

Por ejemplo, el Impuesto de Sucesiones del seguro de vida en la Comunidad Valenciana se aplica el 100% hasta un máximo de 9.159,49€ si el beneficiario es el cónyuge, ascendiente, descendiente, adoptante o adoptado del fallecido. Incluso es posible aplicar otras bonificaciones en la cuota final como el del 75% para descendientes y adoptados menores de 21 años o del 50% para descendientes o adoptados si son mayores de 21 años, cónyuge, ascendientes y adoptantes.

En el caso del Impuesto de Sucesiones de los seguros de vida de la Comunidad de Madrid también se aplica una reducción del 100% hasta 9.200€ si el parentesco con el fallecido es el cónyuge, ascendiente, descendiente, adoptante o adoptado. En el caso del Impuesto de Sucesiones del seguro de vida en Cataluña la reducción también es hasta el 100% pero el límite asciende hasta 25.000€.

Plazos para liquidar el Impuesto de Sucesiones

El plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones del seguro de vida es de seis meses desde el fallecimiento del asegurado. Si por algún motivo se vence el plazo, hay que considerar que aunque es posible alargar el plazo a seis meses más, es mejor consultarlo con la aseguradora.

Si no se hace el pago del Impuesto de Sucesiones del seguro de vida en los plazos establecidos, es posible perder el derecho a las bonificaciones. Es por eso que se sugiere hacerlo lo antes posible y así evitar problemas. Es lo que ocurre también a la hora de dar de baja el seguro de vida, es decir, esperar al último mes o hacerlo dos meses antes.

¿Dónde se paga el Impuesto de Sucesiones del seguro de vida?

El Impuesto de Sucesiones del seguro de vida se paga en la comunidad autónoma en la que hubiera tenido su residencia habitual el asegurado fallecido durante los últimos cinco años. Si no es posible determinar cuál era su residencia habitual se tendrá en cuenta la comunidad autónoma en la que el fallecido obtuvo la mayor parte del IRPF.

¿Qué aseguradoras cubren el adelanto de capital?

El adelanto de capital en el ámbito de los seguros de vida es una opción que algunas aseguradoras ofrecen, pero es importante tener en cuenta que las políticas y condiciones pueden variar entre compañías. El adelanto de capital permite al asegurado recibir una parte del capital asegurado antes del fallecimiento en situaciones específicas, como enfermedad terminal.

En España, varias compañías de seguros ofrecen productos que pueden incluir opciones de adelanto de capital. Algunas de las aseguradoras en España que ofrecen seguros de vida y que podrían proporcionar opciones de adelanto de capital incluyen:

Logotipo Mapfre
Mapfre
Logotipo AXA
AXA
Logotipo Zurich
Zurich
Logotipo Santalucía
Santalucía
Logotipo Allianz
Allianz
Logotipo Caser
Caser
Logotipo Vida Caixa
Vida Caixa

Es fundamental revisar detenidamente las condiciones y cláusulas de la póliza de seguro de vida antes de contratarla para comprender completamente las opciones de adelanto de capital y cualquier otro detalle relevante.

¿Qué es la reducción del Impuesto de Sucesiones?

La reducción de la tasa de Impuesto de Sucesiones del seguro de vida implica una disminución en el porcentaje impositivo, lo cual resulta en que el receptor deberá abonar menos para poder recibir el pago del seguro de vida. Aunque es común que la disminución sea del 100% y hasta 9.195,49€, en algunas regiones autónomas como Madrid, Cataluña, País Vasco y Navarra esto no se aplica.

Además de esta reducción del Impuesto de Sucesiones del seguro de vida, existen otras dos que afectan a los beneficiarios:

  • Reducción por discapacidad superior al 33% de 47.859'59€ y si es superior al 65% de 150.253'03€.
  • Reducción por fallecimiento en acto de terrorismo o labor humanitaria hasta el 100%.

En un mundo donde la protección y seguridad son fundamentales, asegurar tu futuro y el de tus seres queridos es una decisión sabia. En Póliza Médica, entendemos la importancia de encontrar el seguro de vida adecuado que se ajuste a tus necesidades y presupuesto.

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