Seguros obligatorios y recomendables para empresas

Seguros obligatorios para empresas, PYMES y autónomos en España (Guía 2026)

Por Equipo Póliza Médica · Correduría de seguros (DGSFP nº J0336) Actualizado el 19 de junio de 2026

Respuesta rápida: Los seguros obligatorios para una empresa en España dependen del sector, el convenio colectivo y si se tienen empleados o vehículos. No existe un único seguro obligatorio para todas las empresas. Los tres que afectan a más negocios son: el Seguro de Accidentes de Convenio (si el convenio lo exige y hay empleados), el Seguro de Responsabilidad Civil (según sector y actividad, incluida la RC Patronal en sectores de riesgo) y el Seguro de Vehículos (si la empresa usa vehículos). El incumplimiento puede suponer sanciones de la Inspección de Trabajo de hasta 983.736 € en infracciones muy graves de prevención de riesgos laborales, además del recargo de prestaciones a cargo del empresario.

¿Qué seguros son obligatorios para una empresa en España? La respuesta depende del sector, del convenio colectivo aplicable y de si se tienen empleados o vehículos. No existe un único seguro obligatorio para todas las empresas, pero sí tres categorías que afectan a la mayoría: el Seguro de Accidentes de Convenio, el Seguro de Responsabilidad Civil (con su variante de RC Patronal en sectores de riesgo) y el Seguro de Vehículos.

La falta de estos seguros puede acarrear sanciones de la Inspección de Trabajo que, en materia de prevención de riesgos laborales, llegan hasta 983.736 € en su grado máximo según la LISOS, además de suspensiones de actividad o la obligación de asumir indemnizaciones y recargos de prestaciones con el patrimonio del empresario.

En esta guía, actualizada a junio de 2026, explicamos qué seguros son obligatorios por ley o convenio colectivo, cuáles se exigen según actividad, y cuáles son recomendables para proteger la continuidad del negocio.

Cómo hemos elaborado esta guía: contrastamos cada obligación con su fuente legal (Estatuto de los Trabajadores, LISOS, LGSS, LOE, Ley 26/2007) o el convenio colectivo sectorial correspondiente, y la revisamos cada vez que cambia la normativa o las cuantías de sanciones. Como correduría regulada por la DGSFP (código J0336), no vendemos directamente: comparamos condiciones de más de 20 aseguradoras y orientamos según el CNAE, el convenio y el perfil real de cada negocio.

Seguros obligatorios para empresas y autónomos en España

En España, los seguros obligatorios para empresas se articulan en torno a seis categorías principales: el Seguro de Accidentes de Convenio, el Seguro de Vehículos, el Seguro de Responsabilidad Civil (según sector), el Seguro de Incendios o Multirriesgo del Local (según contrato o licencia), el Seguro Decenal (en construcción de viviendas) y el Seguro de Responsabilidad Medioambiental (en actividades de riesgo ambiental). A continuación se detalla cada uno, con su base legal o convencional.

1. Seguro de Accidentes de Convenio

Obligatorio cuando la empresa tiene empleados y el convenio colectivo del sector lo exige. Es el más habitual y el que genera más sanciones por incumplimiento. Sectores como construcción, metal, transporte, hostelería o comercio suelen tenerlo recogido en su convenio provincial o nacional.

Cubre indemnizaciones en caso de accidente laboral, incapacidad permanente o fallecimiento del trabajador, como complemento a las prestaciones de la Seguridad Social. Las cuantías mínimas las fija el convenio y se actualizan anualmente.

Riesgo de no tenerlo: sanciones de la Inspección de Trabajo que, en materia de prevención de riesgos laborales, alcanzan de 491.866 € a 983.736 € en infracciones muy graves de grado máximo, según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS, Real Decreto Legislativo 5/2000). A esto se suma la obligación de asumir directamente las indemnizaciones del convenio con el patrimonio de la empresa si no hay póliza que las cubra.

Coste orientativo: entre 80 y 150 € por empleado/año, dependiendo del convenio y el capital asegurado.

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2. Seguro de Vehículos de Empresa

Obligatorio por ley para cualquier empresa o autónomo que utilice vehículos en su actividad (coches, furgonetas, camiones, motos). Debe incluir como mínimo la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria (RCSO) frente a terceros, regulada por el Real Decreto Legislativo 8/2004.

Afecta a flotas de reparto, vehículos comerciales y cualquier vehículo matriculado a nombre de la empresa o utilizado en la actividad laboral.

3. Seguro de Responsabilidad Civil (según sector)

No es obligatorio para todas las empresas, pero sí para numerosas actividades reguladas. Protege frente a daños materiales, personales o económicos causados a terceros durante el ejercicio de la actividad.

Existe en tres modalidades principales: RC General o de Explotación, RC Profesional y RC de Productos (ver detalle en la siguiente sección).

4. Seguro de Incendios / Multirriesgo del Local

No siempre obligatorio por ley general, pero exigido habitualmente por normativa municipal de apertura o por el contrato de arrendamiento del local. Para locales con hipoteca, la entidad financiera también puede requerirlo. Cubre incendios, robos y daños por agua.

5. Seguro Decenal (sector construcción)

Obligatorio para promotores de edificios destinados a vivienda, según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE, Ley 38/1999). Cubre daños estructurales durante 10 años. Sin él, no es posible inscribir la obra nueva en el Registro de la Propiedad ni transmitir las viviendas.

6. Seguro de Responsabilidad Medioambiental

Obligatorio para empresas con actividades de riesgo potencial para el entorno, según la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental. Afecta a gestoras de residuos, gasolineras, industria química y empresas con almacenamiento de sustancias peligrosas.


Obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil por tipo y sector

El Seguro de Responsabilidad Civil para empresas en España se divide en tres modalidades con distinto alcance de obligatoriedad: RC Profesional (exigida por colegios profesionales), RC General o de Explotación (requerida para licencias de actividad en hostelería, construcción o instaladores) y RC de Productos (de facto obligatoria para fabricantes e importadores por el RDL 1/2007). A continuación se detalla cada una.

RC Profesional

Obligatoria para profesiones colegiadas o reguladas que prestan servicios técnicos o de asesoramiento. Lo exigen los propios colegios profesionales como requisito para ejercer.

Ejemplos de profesiones con RC Profesional obligatoria:

  • Arquitectos y aparejadores (exigido por el Colegio Oficial de Arquitectos)
  • Abogados (exigido por los Colegios de Abogados desde 2011)
  • Médicos y sanitarios en ejercicio privado
  • Ingenieros (técnicos e industriales)
  • Asesores financieros y agentes de seguros
  • Agencias de viajes (regulación específica por CCAA)

Cubre errores u omisiones en la prestación del servicio que causen perjuicios económicos al cliente.

RC General o de Explotación

Obligatoria en sectores con aforo público, riesgo físico o actividades con licencia de apertura. En muchos municipios, presentar un certificado de RC es requisito para obtener dicha licencia.

Sectores donde suele ser obligatoria:

  • Hostelería (bares, restaurantes, hoteles): exigido para la licencia de actividad en la mayoría de CCAA
  • Construcción: exigida por la mayoría de convenios provinciales y por los clientes (públicos y privados)
  • Centros deportivos y gimnasios
  • Instaladores (electricistas, fontaneros, gas): exigida para el certificado de instalador habilitado
  • Empresas de seguridad privada
  • Transporte escolar y de viajeros
  • Guarderías y centros educativos privados

RC de Productos

Especialmente relevante para fabricantes, importadores y distribuidores. Aunque no siempre se exige contratar una póliza específica, la responsabilidad civil existe por ley (Real Decreto Legislativo 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores). Las indemnizaciones por productos defectuosos pueden ser muy elevadas, especialmente en alimentación, cosmética, electrónica o juguetes.

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Para profundizar en las coberturas y precios específicos de este seguro en pequeñas y medianas empresas, puedes consultar nuestra guía sobre el Seguro de Responsabilidad Civil para PYMES.


RC Patronal: ¿es obligatoria para PYMES en 2026?

La RC Patronal es una cobertura que protege a la empresa frente a reclamaciones de sus propios empleados por accidentes laborales o enfermedades profesionales causados por negligencia empresarial. Es una de las preguntas más frecuentes de los empresarios y genera cierta confusión, así que vamos a resolverla con precisión.

¿Es obligatoria la RC Patronal por ley? No existe en España una ley estatal que obligue a contratar una póliza específica de RC Patronal independiente. Sin embargo, en la práctica opera una doble obligación:

  • Los convenios colectivos de sectores de alta siniestralidad (construcción, metal, química, transporte) exigen habitualmente que la póliza de RC General incluya expresamente cobertura de RC Patronal.
  • Los contratos con clientes públicos y grandes empresas suelen exigir certificados de RC que incluyan RC Patronal como condición para subcontratar trabajos.

Sin RC Patronal, si un trabajador sufre un accidente por culpa o negligencia de la empresa, pueden concurrir dos vías de reclamación distintas, y conviene no confundirlas:

  • El recargo de prestaciones (artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social): si la Inspección de Trabajo determina que el accidente se debió a un incumplimiento de las medidas de seguridad, todas las prestaciones que la Seguridad Social paga al trabajador se incrementan entre un 30% y un 50%, y ese sobrecoste lo asume directamente el empresario. Este recargo no es asegurable: ninguna póliza, ni siquiera la RC Patronal, puede cubrirlo, porque la ley lo configura como una sanción personal e intransferible.
  • La indemnización civil por daños y perjuicios que el trabajador puede reclamar adicionalmente por la vía civil o social. Esta sí queda cubierta por la RC Patronal, dentro de los límites y el capital contratado en la póliza.

En otras palabras: la RC Patronal no libra a la empresa del recargo de prestaciones, pero sí evita que tenga que pagar de su bolsillo la indemnización adicional por daños, que en accidentes graves puede superar con facilidad los 100.000 €.

Recomendación para 2026: todas las PYMES con empleados que realicen trabajos con riesgo físico (obras, instalaciones, logística, hostelería) deben verificar que su póliza de RC General incluye cobertura de RC Patronal con un límite suficiente, generalmente desde 300.000 € por víctima.

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Seguros obligatorios según el tipo de empresa

A modo de guía rápida, estos son los seguros habituales según la actividad:

Hostelería (bares, restaurantes, hoteles)

  • RC General: obligatorio para licencia de apertura en la mayoría de CCAA. Debe incluir cobertura por intoxicaciones alimentarias.
  • Seguro de Accidentes de Convenio: obligatorio si hay empleados (Convenio de Hostelería).
  • Seguro de Incendios: exigido por ley para locales abiertos al público.

Construcción y promoción inmobiliaria

  • Seguro de Accidentes de Convenio: obligatorio (Convenio General del Sector de la Construcción).
  • RC General con RC Patronal: exigido en la práctica por todos los clientes y contratas.
  • Seguro Decenal: obligatorio para promotores de viviendas (LOE).
  • RC Medioambiental: en obras con riesgo para el entorno.

Consultoría, asesoría y servicios profesionales

  • Seguro de Accidentes de Convenio: obligatorio si el convenio aplicable (ej. Convenio de Oficinas y Despachos) lo exige.
  • RC Profesional: muy recomendable y frecuentemente exigida contractualmente por clientes grandes.

Tiendas online (ecommerce)

  • RC de Productos: recomendable si se venden productos físicos.
  • Seguro de Convenio: solo si hay empleados bajo convenio que lo exija.
  • Ciberseguro: muy recomendable al manejar datos de clientes y pagos online.

Autónomos sin empleados

  • No tienen obligación de contratar seguro de accidentes de convenio para sí mismos, salvo que coticen voluntariamente por contingencias profesionales.
  • Pueden estar obligados a RC Profesional si ejercen una profesión colegiada.
  • Si utilizan vehículo, el seguro a terceros es obligatorio.

¿Qué seguro necesitas según tu perfil?

Más allá de las obligaciones legales, esto es lo que recomendamos según el tipo de negocio o situación profesional:

Si eres autónomo sin empleados

Tu prioridad legal depende de tu actividad (RC Profesional si estás colegiado, seguro de vehículo si lo usas para trabajar), pero la protección que más autónomos echan en falta es la de sus propios ingresos. La Seguridad Social cubre la incapacidad temporal desde el día 4, pero con cuantías limitadas que muchos autónomos consideran insuficientes para mantener su nivel de vida. Si quieres saber exactamente cuánto cobrarías de baja según tu base de cotización, puedes consultar nuestra guía sobre cuánto cobra un autónomo de baja, y completarla con cómo funciona un seguro de baja laboral para autónomos que complemente esa prestación pública.

Si eres autónomo con uno o varios empleados

En cuanto contratas a tu primer trabajador, debes revisar si el convenio de tu sector exige el Seguro de Accidentes de Convenio, y dar de alta a esa persona en el régimen de la Seguridad Social que corresponda. Muchos autónomos con plantilla pequeña optan también por un seguro médico colectivo como herramienta de retención, aprovechando ventajas fiscales tanto para la empresa como para el trabajador.

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Si tienes una PYME con varios empleados

La combinación más habitual es el Seguro de Accidentes de Convenio (si tu convenio lo exige), una RC General o Profesional según actividad, y un Multirriesgo si tienes local. A partir de cierto tamaño de plantilla, también es frecuente añadir un seguro de salud colectivo: reduce el absentismo y es uno de los beneficios sociales mejor valorados por los empleados. Puedes ver los detalles fiscales y de cobertura en nuestra guía sobre los beneficios del seguro médico para empresas.

Si gestionas un colectivo o varios negocios bajo un mismo grupo

Para empresas con varios centros de trabajo, franquicias o grupos de sociedades, suele compensar negociar pólizas colectivas que agrupen a todos los empleados bajo una misma condición y precio. Te explicamos cómo funciona en nuestra guía sobre el seguro de vida colectivo y en nuestra sección de seguros para colectivos.


Seguros recomendables para la estabilidad del negocio (Riesgo Moderno)

Estos seguros no son obligatorios por ley, pero sí esenciales para proteger la continuidad del negocio frente a riesgos actuales:

Seguro de Ciberseguridad / Ciberriesgo
Imprescindible si la empresa maneja datos personales o trabaja online. Cubre ataques de ransomware, filtraciones de datos, extorsión digital y los costes de recuperación de sistemas. En 2026, con la aplicación progresiva de la directiva NIS2, muchas empresas medianas tienen obligaciones reforzadas de ciberseguridad aunque no dispongan aún de un seguro específico obligatorio.
Seguro D&O (Administradores y Directivos)
Protege el patrimonio personal de directivos y administradores frente a reclamaciones por decisiones empresariales incorrectas o negligentes. Especialmente relevante en PYMES con socios activos en la gestión.
Seguro de Interrupción de Negocio
Cubre la pérdida de ingresos durante el período en que la empresa no puede operar a causa de un siniestro (incendio, inundación, etc.). Puede ser determinante para la supervivencia de la empresa.
Seguro Multirriesgo Empresarial
Agrupa en una sola póliza la cobertura del local, el contenido, los equipos y la RC. Muy común en comercios, oficinas y restaurantes. Aunque no es obligatorio por ley, casi siempre lo exige el arrendador del local.
Seguro de Accidentes Colectivos
Extiende la protección por accidente a toda la plantilla, incluso cuando el convenio no lo obliga expresamente. Te explicamos su funcionamiento en qué es el seguro colectivo de accidentes.
Seguro de Salud Colectivo
Reduce tiempos de baja laboral y ofrece ventajas fiscales tanto para la empresa como para los empleados. Es uno de los beneficios más valorados por los trabajadores. Consulta cómo aplicarlo en beneficios del seguro médico para empresas.
Seguro de Vida para socios clave
Recomendado cuando el negocio depende de una o pocas personas esenciales (socios fundadores, directivos clave). Permite a la empresa o a los socios supervivientes hacer frente a la continuidad. Más información en qué es un seguro de vida colectivo.

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Tabla resumen: seguros obligatorios para empresas en España

Tipo de seguro ¿Es obligatorio? ¿Para quién? Base legal / referencia
Accidentes de Convenio Sí (si el convenio lo exige) Empresas con empleados en sectores con convenio Convenio colectivo del sector (LISOS para sanciones)
Responsabilidad Civil Según sector y actividad Profesiones reguladas, hostelería, construcción, instaladores... Normativa sectorial y municipal; colegios profesionales
RC Patronal Exigida por convenio o contrato en sectores de riesgo Empresas con empleados en obras, instalaciones, hostelería, logística Convenio colectivo; contratos con Administración o grandes clientes
Seguro de Vehículos Sí (si hay vehículos) Cualquier empresa con vehículos propios o de uso laboral RDL 8/2004 de responsabilidad civil en circulación
Seguro Decenal Sí (en construcción de viviendas) Promotores inmobiliarios Ley 38/1999, Ley de Ordenación de la Edificación (LOE)
RC Medioambiental Sí (en actividades contaminantes) Industria química, gestión de residuos, almacenamiento de sustancias peligrosas Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental
Multirriesgo del Local Exigido por contrato o licencia Comercios, restaurantes, oficinas con local alquilado o hipotecado Contrato de arrendamiento / normativa municipal
Seguro de Vida Colectivo Solo si el convenio lo exige Empresas con empleados en determinados sectores Convenio colectivo del sector

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Preguntas frecuentes sobre seguros obligatorios para empresas

¿Qué seguros son obligatorios para cualquier empresa en España?

No existe un único seguro obligatorio para todas las empresas. Los más comunes son el Seguro de Accidentes de Convenio (si el convenio colectivo lo exige), la Responsabilidad Civil (según sector y actividad) y el Seguro de Vehículos (si la empresa tiene vehículos). La obligatoriedad depende principalmente del convenio colectivo aplicable, el CNAE de la empresa y la normativa sectorial o municipal.

¿Qué seguros necesita una PYME?

Una PYME típica suele necesitar: el Seguro de Accidentes de Convenio si tiene empleados y el convenio lo exige, la RC General si su actividad implica contacto con clientes o terceros, y el Multirriesgo del Local si dispone de instalaciones físicas. Si presta servicios profesionales, también es muy recomendable la RC Profesional.

¿Es obligatoria la RC Patronal para PYMES en España en 2026?

La RC Patronal no es un seguro obligatorio por ley con carácter general, pero sí es exigida de forma habitual por los convenios colectivos de sectores de alto riesgo (construcción, metal, transporte) y por los pliegos de contratación pública. Sin ella, la empresa asume el coste de la indemnización civil adicional en caso de accidente laboral por negligencia empresarial. El recargo de prestaciones de la Seguridad Social (30%-50% sobre las prestaciones del trabajador), en cambio, nunca es asegurable: lo paga siempre el empresario de su patrimonio.

¿Qué seguros son obligatorios para los trabajadores de una empresa?

Para proteger a los empleados, las empresas están obligadas a cotizar a la Seguridad Social por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) y a contratar el Seguro de Accidentes de Convenio cuando el convenio colectivo del sector lo exija. Este cubre fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez derivados de accidente laboral.

¿Qué seguros son obligatorios para un autónomo?

Un autónomo sin empleados tiene menos obligaciones. Estará obligado a RC Profesional si ejerce una profesión colegiada (arquitecto, médico, abogado), y al seguro a terceros si usa vehículos. Si tiene trabajadores a cargo y el convenio lo exige, deberá contratar también el Seguro de Accidentes de Convenio. Si además quieres protegerte ante una baja propia, revisa nuestra guía de seguro de accidentes para autónomos.

¿Qué pasa si una empresa no contrata los seguros obligatorios?

Las consecuencias pueden ser graves: sanciones de la Inspección de Trabajo que, en materia de prevención de riesgos laborales, llegan hasta 983.736 € en infracciones muy graves de grado máximo según la LISOS; suspensión de la actividad; imposibilidad de obtener licencias o contratar con la Administración; y la obligación de asumir directamente las indemnizaciones y el recargo de prestaciones con el patrimonio de la empresa o de sus administradores.

¿El seguro multirriesgo es obligatorio para una empresa?

El multirriesgo no es obligatorio por ley general, pero en la práctica suele ser exigido por el arrendador del local o por la entidad financiera que financia el inmueble. También puede ser requisito para obtener determinadas licencias municipales de apertura.

¿El seguro de salud es obligatorio para empleados?

No. El seguro de salud para empleados es voluntario salvo que el convenio colectivo aplicable lo contemple expresamente. Aun así, muchas empresas lo ofrecen como beneficio laboral por sus ventajas fiscales y su impacto en la retención de talento. Lo explicamos en detalle en beneficios del seguro médico para empresas.

¿Cómo sé qué seguros obligatorios me corresponden?

Lo más fiable es revisar el convenio colectivo de tu sector y comunidad autónoma, comprobar el CNAE de tu empresa y consultar la normativa municipal si tienes un local abierto al público. Si tienes dudas, un asesor de seguros especializado en empresas puede orientarte sin coste.

¿Qué tipos de seguros de responsabilidad civil son obligatorios para empresas?

Existen tres modalidades de RC relevantes: la RC Profesional (obligatoria para profesiones colegiadas: arquitectos, abogados, médicos, ingenieros), la RC General o de Explotación (obligatoria para obtener licencias en hostelería, instaladores, construcción y centros deportivos) y la RC de Productos (de facto obligatoria para fabricantes e importadores por el RDL 1/2007, aunque no siempre exija una póliza específica).

¿Qué seguro es obligatorio tener si abro un negocio físico?

Para abrir un negocio físico con local al público, lo habitual es necesitar un certificado de RC General para tramitar la licencia de actividad municipal (el requisito exacto varía por ayuntamiento), un seguro de incendios si así lo exige la normativa local, y el Seguro de Accidentes de Convenio en cuanto contrates a tu primer empleado, si el convenio del sector lo establece.

¿El seguro de accidentes de trabajo es obligatorio para todas las empresas?

La cobertura básica de accidentes de trabajo siempre existe a través de la cotización obligatoria a la Seguridad Social por contingencias profesionales, que toda empresa con empleados debe realizar. Lo que varía es si, además, hace falta un seguro privado de accidentes (el Seguro de Accidentes de Convenio), que depende de si el convenio colectivo aplicable lo exige expresamente.

¿Qué seguros están obligadas a tener las sociedades mercantiles al constituirse?

La constitución de una sociedad mercantil (S.L. o S.A.) no genera por sí misma la obligación de contratar ningún seguro específico. Las obligaciones de aseguramiento surgen después, en función de la actividad que la sociedad vaya a desarrollar (CNAE), de si contrata empleados (convenio colectivo) y del sector regulado en el que opere (licencias, colegios profesionales). Es decir: no es la forma jurídica la que determina los seguros obligatorios, sino la actividad real del negocio.


Si tienes dudas sobre qué seguros necesita tu negocio en concreto, nuestro equipo de asesores puede revisar tu CNAE y tu convenio colectivo sin compromiso, y comparar precios entre las más de 20 aseguradoras con las que trabajamos.

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