¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

Escrito y revisado por los asesores expertos de Póliza Médica, correduría de seguros autorizada (DGSFP J0336) · Última actualización: 28 de julio de 2026

Si eres autónomo y te preguntas cuánto cobrarás estando de baja, la respuesta depende de tu base de cotización (dentro del tramo de ingresos netos que te corresponda) y del tipo de baja. Por ejemplo, una baja por enfermedad común paga 60% de la base diaria del 4º al 20º día y 75% a partir del día 21. Para maternidad, el 100% desde el primer día. Póliza Médica compara seguros de baja laboral que complementan estas cuantías, especialmente útiles para cubrir los primeros días sin prestación.

¿Los autónomos pueden cobrar una prestación por estar de baja?

Sí, los autónomos tienen derecho a recibir una prestación económica cuando una causa les impida trabajar. Existen distintos tipos de prestaciones según el motivo de la baja (enfermedad común, accidente laboral, maternidad, depresión, operación, etc.). Este derecho se ejerce igual estés dado de alta como autónomo individual, societario o colaborador, siempre que cumplas los requisitos de cotización.

La cuantía de cada prestación varía según tu base de cotización y el tipo de baja, de forma similar a los trabajadores asalariados —lo explicamos en detalle en cómo funciona la baja laboral—, pero con reglas específicas para autónomos.

¿Desde cuándo cobra la baja un autónomo?

El pago de la prestación por incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral se realiza desde el cuarto día de la baja médica:

  • Días 1 a 3: Sin prestación económica.
  • Días 4 a 20: 60% de la base reguladora diaria.
  • Día 21 en adelante: 75% de la base reguladora diaria.

Si la baja es por accidente de trabajo y tienes contratada la cobertura de contingencias profesionales, no hay periodo de espera: se cobra el 75% desde el día siguiente al accidente (ver tabla completa más abajo).

Requisitos para solicitar la prestación por la baja

Para solicitar la prestación, los autónomos deben cumplir los requisitos generales y específicos:

  1. Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  2. Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social (con margen de 30 días para subsanar deudas).
  3. Informe médico que justifique la baja.

Además, algunas prestaciones requieren condiciones adicionales. Por ejemplo, para la Incapacidad Temporal por enfermedad común, se exige haber cotizado mínimo 180 días en los últimos 5 años. En accidente de trabajo no se exige ese periodo mínimo de cotización.

Referencia oficial: Seguridad Social - Prestaciones autónomos

¿Cuánto cobra un autónomo por baja?

El monto depende de dos factores clave:

  1. Base de cotización elegida dentro de tu tramo de rendimientos netos: a mayor base, mayor prestación (y mayor cuota mensual).
  2. Tipo de baja: según la causa, la cuantía oscila entre el 60% y el 100% de la base reguladora.

Tabla comparativa de cuantías según tipo de baja

Tipo de baja Días 1-3 Días 4–20 Día 21 en adelante Duración
Enfermedad común 0% 60% 75% Hasta 365 días + prórroga 180 días
Depresión / salud mental 0% 60% 75% Hasta 365 días + prórroga 180 días (se tramita como enfermedad común)
Operación 0% 60% 75% Hasta 365 días + prórroga 180 días
Accidente de trabajo (con cobertura de contingencias profesionales) 75% desde el día siguiente al accidente, sin periodo de espera Según duración de la baja
Maternidad / Paternidad 100% desde el primer día 16 semanas (prorrogables en casos especiales)
Embarazo por riesgo 100% desde el primer día Hasta que no exista riesgo o inicio de maternidad

¿Cuánto cobra un autónomo pagando el mínimo o el máximo?

Desde la reforma de 2023, la cuota de autónomos se calcula según tu tramo de rendimientos netos (ingresos reales), y dentro de cada tramo puedes elegir cotizar por la base mínima o la base máxima permitida (o cualquier punto intermedio). Esa elección afecta directamente a tu prestación por baja: a mayor base de cotización, mayor base reguladora diaria y, por tanto, mayor importe del 60%, 75% o 100% que te corresponda.

A modo ilustrativo (las bases exactas de cada tramo se actualizan y conviene confirmarlas en el simulador oficial de la Seguridad Social o con tu asesor, ya que varían entre 2025 y 2026 y algunos tramos están sujetos a revisión):

  • Cotizando la base mínima de tu tramo: tu base reguladora diaria será menor, por lo que el 60-75% que recibas en una baja también será menor en euros, aunque proporcionalmente sea el mismo porcentaje.
  • Cotizando la base máxima de tu tramo: pagas una cuota mensual más alta, pero tu base reguladora diaria también es mayor, así que recibirías más euros al mes si estás de baja.

No damos aquí una cifra fija en euros porque los tramos y bases de cotización se revisan cada año y en 2026 hay tramos pendientes de confirmación definitiva. Si quieres calcular tu caso exacto, contacta con nuestro equipo o consulta el simulador oficial de la Seguridad Social.

¿En qué momento se acaba la prestación?

El periodo máximo de incapacidad temporal es de 365 días, prorrogables otros 180 días si existe posibilidad de recuperación. Si no puedes reincorporarte, se debe solicitar una pensión por incapacidad permanente, una prestación distinta que se calcula con reglas propias según el grado reconocido (parcial, total, absoluta o gran invalidez), no con los porcentajes de la incapacidad temporal.

¿Se paga la cuota de autónomos estando de baja?

La ley establece que se debe pagar la cuota durante aproximadamente los dos primeros meses de baja. La exención comienza a partir del día 61 de la incapacidad temporal, lo que en la práctica coincide con el inicio del tercer mes; desde ese momento, el autónomo queda exento de pagar la cuota mientras dure la baja.

¿Por qué contratar un seguro de baja laboral para autónomos?

Un seguro de baja laboral ofrece:

  • Flujo de ingresos continuo durante la baja, incluidos los primeros 3 días sin prestación pública.
  • Cobertura adicional a la Seguridad Social, complementando el 60-75% con una indemnización diaria.
  • Gestión rápida de prestaciones y asistencia médica.
  • Servicios extra: rehabilitación, asesoramiento médico y gastos médicos cubiertos.

Estos seguros garantizan estabilidad económica y tranquilidad durante periodos de incapacidad. Puedes ver el producto específico en seguro de baja laboral para autónomos, o comprobar si tu propio seguro médico puede darte la baja laboral. También puedes revisar otras coberturas específicas para tu actividad en tipos de seguros para autónomos y en seguro de accidentes para autónomos, y consultar si te interesa desgravar tu seguro de salud como autónomo.

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Preguntas frecuentes sobre la baja de autónomos

¿Cuándo se cobra la baja de autónomo?

Desde el cuarto día de baja médica: 60% de la base reguladora diaria del 4º al 20º día y 75% a partir del día 21. En accidente de trabajo con cobertura de contingencias profesionales, se cobra el 75% desde el día siguiente, sin espera.

¿Cuánto cobra un autónomo cotizando el mínimo?

La cuantía es menor, siguiendo los mismos porcentajes (60% y 75%) pero aplicados sobre la base mínima de tu tramo de ingresos, que es más baja que si eligieras la base máxima. El importe exacto depende del tramo vigente y conviene confirmarlo con el simulador oficial.

¿Cuánto cobra un autónomo cotizando el máximo?

Cotizando la base máxima de tu tramo, pagas una cuota mensual mayor pero también recibes más euros de prestación en caso de baja, ya que el 60% o 75% se calcula sobre una base reguladora más alta.

¿Se paga la cuota de autónomos estando de baja?

Sí, durante aproximadamente los dos primeros meses. La exención empieza a partir del día 61 de la baja, lo que coincide en la práctica con el inicio del tercer mes.

¿Qué seguro de baja laboral me conviene?

Depende de tus necesidades: busca cobertura de ingresos desde el primer día, gastos médicos y servicios de rehabilitación. Nuestro comparador de seguros te ayuda a decidir según tu actividad y presupuesto.

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