¿El seguro de vida cubre el infarto?

¿El seguro de vida cubre el infarto?

Las enfermedades relacionadas con el corazón son una de las principales causas de muerte en España. Por ello muchas personas se han hecho esta pregunta: ¿Es verdad que el seguro de vida cubre un infarto? En este artículo respondemos con claridad y te contamos cómo manejan las aseguradoras este tipo de siniestro.

¿El seguro de vida cubre todos los infartos?

Sí, pero depende del tipo de seguro y de la situación. Te lo explicamos claro:

  • Seguro de vida básico: cubre el infarto si provoca el fallecimiento. Los beneficiarios cobran el capital asegurado. Esto es así porque el seguro de vida cubre la muerte por cualquier causa (enfermedad, accidente, etc.).
  • Si sobrevives al infarto: el seguro básico NO paga nada si no falleces. Para cobrar en vida necesitas coberturas extra.
  • Casos en los que SÍ podrías cobrar tras un infarto:
    • Si tu póliza incluye enfermedades graves → paga al diagnosticar el infarto.
    • Si incluye invalidez permanente → si el infarto te deja incapacitado.
    • Si tiene cobertura específica de infarto (algunas aseguradoras la añaden).
  • Ojo con exclusiones:
    • Debes haber declarado tu estado de salud al contratar.
    • Puede haber periodos de carencia.
    • Algunas situaciones (drogas, riesgos extremos) pueden excluir cobertura.

Debido a su elevada mortalidad, cualquier seguro de vida cubre el infarto, al igual que el ictus o el cáncer, en caso de fallecimiento. En realidad, estas pólizas cubren el fallecimiento por cualquier causa: accidente laboral, enfermedad, accidente de circulación. Por eso, el seguro de vida cubre el infarto y cualquier otra dolencia que puedas sufrir.

Sin embargo, este tema ha sido especialmente polémico ya que encierra algunas cuestiones que conviene tener muy en cuenta, ya que existen algunos límites.


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La importancia del cuestionario de salud

Imagina que tienes 46 años y has decidido hacer un seguro de vida tras haber padecido un infarto. A la hora de dar de alta un seguro de vida estarías obligado a declarar este hecho pero por el motivo que sea, decides no hacerlo.

Si en un futuro sufrieras de nuevo un infarto y este provocara finalmente el fallecimiento, la compañía aseguradora puede negarse a hacer efectivo el contrato si descubre que este hecho ha sido omitido. Este es el único caso en el que la compañía aseguradora no cubriría un infarto.

¿Y si el infarto no causa la muerte?

Este caso depende de las prestaciones que se tengan contratadas dentro del seguro de vida. Hay algunas compañías que cubren este tipo de sucesos anticipando el 50% o 100% del capital asegurado, y otras que aseguran un capital adicional para este tipo de situaciones. También hay otros seguros que no contemplan esta opción por lo que siempre hay que leer bien todo el contrato de nuestro seguro de vida para conocer con detalle de qué nos protege y de qué no.

Cualquiera que sea el caso, un infarto puede dejarte muy debilitado y limitado, incluso impedir que sigas con tu vida con la misma normalidad que antes. Esto es especialmente problemático en lo que se refiere a la situación laboral. Por eso, si lo que quieres es estar cubierto económicamente en caso de infarto, probablemente te interese más un seguro de enfermedades graves.

¿Qué es el seguro de enfermedades graves?

Hay algo que debemos tomar en cuenta. El seguro de vida cubre el infarto, sí, pero solo si mueres. Es decir, si te ocurre algo o enfermas, no recibirás la indemnización si no falleces. Sin embargo, quizá no puedas trabajar mientras dure el tratamiento, por ejemplo, y el dinero de tu seguro puede ser de mucha utilidad hasta que mejores.

Por el contrario, hay otro tipo más completo de pólizas que cubren en caso de enfermedades graves. La indemnización se recibe en cuanto se diagnostica el trastorno y no solo cuando falleces. En función de la compañía y del producto contratado, se puede recibir el dinero total en el diagnóstico o solo una parte, que se descontará de la indemnización por fallecimiento.

¿Qué diferencias hay con un seguro de vida?

Los seguros de accidentes son los más completos. Este tipo de seguro no solo indemniza con el capital acordado en caso de fallecimiento, sino también con una parte en caso de que te diagnostiquen una dolencia seria. Así, recibirás parte del dinero (o incluso toda la indemnización) para que tú y tu familia lo gestionéis como queráis.

Igualmente, los seguros de enfermedades graves incluyen ciertos servicios de salud. También dependerán de cada compañía, pero suelen ofrecer segunda opinión médica, gastos médicos, atención médica internacional, gastos de sepelio, asistencia médica 24 horas, entre otras.

Si quieres saber exactamente qué ofrece cada compañía, puedes usar nuestro comparador. En este puedes filtrar tu búsqueda y escoger qué seguro te proporciona estar asegurado por un infarto, también podrás ver aquellas opciones que cubran fallecimiento o invalidez, incluso enfermedades graves, y así comparar distintas opciones. Además, te harás una idea del precio según el capital y tu edad.


Resumen rápido para elegir bien:

Situación ¿Cubre el seguro de vida básico?
✅ Infarto + fallecimiento ✔️ Sí, siempre (salvo ocultación de salud)
❌ Infarto sin fallecimiento ❌ No, salvo coberturas extra
➕ Con cobertura de enfermedades graves ✔️ Sí → cobras en vida al diagnóstico
Con invalidez permanente por infarto ✔️ Sí, si la póliza lo incluye

Recomendación práctica: Si te preocupa el infarto en vida, busca un seguro de vida con enfermedades graves o directamente un seguro de salud con alta cobertura cardiovascular.
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